Aunque parece fácil dar de baja un seguro en la practica es una tarea llena de dificultades.
La comunicación hay que hacerla dos meses antes de que venza, por carta escrita y firmada, casi siempre redactada por nosotros, no nos van a proporcionar el escrito para darnos de baja, para ponerlo mas difícil y nos deben devolver una copia sellada. La practica recomienda empezar con la baja casi tres meses antes.
Hace poco para dar de baja el seguro de hogar me pidieron, la cancelación de la hipoteca, pues en su día se puso al banco como beneficiario en caso de incendio, obligatorio en caso de hipoteca. Me acerqué a la entidad que me concedió la hipoteca y me dieron por escrito que no tenia ningún producto actualmente en esa entidad.
Cuando llego a casa entro en la web de ese seguro, y observo que les consta que la garantía de incendio prescribió hace 14 años. Lo dicho no nos lo ponen fácil.
Como hace poco saco la OCU comparativas de compañías de seguros, pues vamos con la del coche, veo que en su página web tienen la opción de dar de baja, así que la marco rellenando el motivo, "precio".
Después me llega el email de que toman nota.
Unos días después me llaman para hacerme una encuesta de calidad. Desaparece el próximo recibo de la web. Como no llega la carta de cuantía de próximo recibo, pienso que esta la baja correcta, pues la envían con mucha anticipación.
Justo 61 días antes de que venza llega la carta, llamo por teléfono y me dicen que la única forma de dar de baja es por escrito en una sucursal, 60 días antes. Entro en Internet y vuelvo a ver la ficha y le doy a la letra roja de LEY de contrato de seguro, y podemos ver que hay que hacerlo por escrito.
Salgo corriendo antes de que cierren y consigo darlo de baja. Me estaban haciendo creer que lo había conseguido cuando no era así. En la oficina me ofrecen llamarme para ofertarme mejor precio a lo que respondo que no, que ya estoy haciendo gestiones con otra compañía. Como veis los ardices son numerosos para evitar una baja.
El comercial de seguro o correduría se leerá con detenimiento todo el expediente para conseguir, cualquier escusa, para paralizar el proceso. Si se pasa el plazo no desistáis, entregar de todas formas el escrito solicitando, la baja, leeros de todas formas las condiciones particulares, si están obligados a responder en 15 días, normalmente no lo hacen, pues para acusar recibo deben enviarte una carta certificada, lo que les genera gastos. Después se da orden de no abonar el seguro, por lo que llegara una carta en mi caso correo no certificado de que lo abone o facilite una nueva cuenta de cargo.
La carta que tenéis que redactar es con vuestro nombre, dni, entidad y numero de póliza, fecha vencimiento y a continuación ponéis que no deseáis la renovación. Vasta con unas tres o cuatro lineas.
Y si el seguro lo habéis hecho a través de un banco, esto es un caso especial, pues con los que he tratado no pueden hacer ningún cambio en la póliza una vez constituida. Si lo vas a dar de baja a veces te imprimen una captura de pantalla y te dicen que la firmes, pidiendo la baja, pues no pueden hacer más. Con menos de una semana me llaman diciendo que no se lo admite la aseguradora, y que tengo que pasar por el banco y presentar una carta.
En mi caso con dos de ellos no he podido hacer cambios, en el banco, el terminal no les permite hacer cambios, y si llamas a la compañía te dicen que esa póliza pertenece al corredor del banco y que no pueden tocarla. NO podéis cambiar la cantidad asegurada de contenido, etc, por lo menos si es a la baja, si es al alta seguro que se molestan en hacer cambios. Es por aquí, por donde podemos atacarles si nos quedan menos de 60 de preaviso. Si eres un buen cliente del banco, este te lo pondrá mas fácil, te blindara la cuenta contra los cargos del seguro, inhabilitando los cargos, incluidos los que envíen con otro emisor de recibos. En la carta de baja podéis alegar alteraciones en los riegos, como añadir un segundo conductor de mas de 25 años por si acaso, nos deben dar presupuesto, ahora quiero incluir contenido, la vivienda solo tiene cocina pero no aseguran menos de 20.000€,(seguros Caser) o figuraba como segunda vivienda, ahora es de alquiler, (el seguro es mas barato por estar habitada), deben hacer un presupuesto nuevo. Cualquier cosa que se os ocurra, alterando, complicando, obligando a que la póliza sea modifica o teniendo que hacer una nueva, y obligando ha tener que ponerse en contacto, lo cual no lo van a hacer, pues las molestias no les trae cuenta. Leeros en las condiciones si esta el seguro obligado a responder por escrito y en cuantos días las comunicaciones que les envíes.Si el seguro de la comunidad, cubre la fachada, pues nos deben descontar la parte que corresponda a esta. Buscando por la web he visto que si se reduce el riesgo, esta debe bajar el precio, sino es motivo de cancelación. Si la alteración del riesgo es permanente otra cartita con sello de entrada y a esperar a ver que nos contestan.
También leí por Internet que si la cuantía del seguro es elevada, 1500€- 2000€por ejemplo, pueden intentar cobrarlos mediante demanda, etc.
En cualquier caso, no se rinden, vais a recibir la carta diciendo que no han podido cobrar el recibo y facilitando varias formas de pago, en mi caso no volví a recibir más.
Hay que tener cuidado con dar de alta un seguro sin haber dado de baja el antiguo por si al final nos quedamos pagando dos seguros.
Ahora os paso una serie de enlaces con información muy útil de como dar de baja un seguro:
Enlace: Rastreator - Guía de como dar de baja un seguro
También os puede pasar que el seguro os ha subido la prima:
En ese caso en Legalitas tenemos información de como podemos dar de baja el seguro:
Enlace: Legalitas - ¿Pueden Subir la Prima del Seguro sin Avisar?
La comunicación hay que hacerla dos meses antes de que venza, por carta escrita y firmada, casi siempre redactada por nosotros, no nos van a proporcionar el escrito para darnos de baja, para ponerlo mas difícil y nos deben devolver una copia sellada. La practica recomienda empezar con la baja casi tres meses antes.
Hace poco para dar de baja el seguro de hogar me pidieron, la cancelación de la hipoteca, pues en su día se puso al banco como beneficiario en caso de incendio, obligatorio en caso de hipoteca. Me acerqué a la entidad que me concedió la hipoteca y me dieron por escrito que no tenia ningún producto actualmente en esa entidad.
Cuando llego a casa entro en la web de ese seguro, y observo que les consta que la garantía de incendio prescribió hace 14 años. Lo dicho no nos lo ponen fácil.
Como hace poco saco la OCU comparativas de compañías de seguros, pues vamos con la del coche, veo que en su página web tienen la opción de dar de baja, así que la marco rellenando el motivo, "precio".
Después me llega el email de que toman nota.
Unos días después me llaman para hacerme una encuesta de calidad. Desaparece el próximo recibo de la web. Como no llega la carta de cuantía de próximo recibo, pienso que esta la baja correcta, pues la envían con mucha anticipación.
Justo 61 días antes de que venza llega la carta, llamo por teléfono y me dicen que la única forma de dar de baja es por escrito en una sucursal, 60 días antes. Entro en Internet y vuelvo a ver la ficha y le doy a la letra roja de LEY de contrato de seguro, y podemos ver que hay que hacerlo por escrito.
Salgo corriendo antes de que cierren y consigo darlo de baja. Me estaban haciendo creer que lo había conseguido cuando no era así. En la oficina me ofrecen llamarme para ofertarme mejor precio a lo que respondo que no, que ya estoy haciendo gestiones con otra compañía. Como veis los ardices son numerosos para evitar una baja.
El comercial de seguro o correduría se leerá con detenimiento todo el expediente para conseguir, cualquier escusa, para paralizar el proceso. Si se pasa el plazo no desistáis, entregar de todas formas el escrito solicitando, la baja, leeros de todas formas las condiciones particulares, si están obligados a responder en 15 días, normalmente no lo hacen, pues para acusar recibo deben enviarte una carta certificada, lo que les genera gastos. Después se da orden de no abonar el seguro, por lo que llegara una carta en mi caso correo no certificado de que lo abone o facilite una nueva cuenta de cargo.
La carta que tenéis que redactar es con vuestro nombre, dni, entidad y numero de póliza, fecha vencimiento y a continuación ponéis que no deseáis la renovación. Vasta con unas tres o cuatro lineas.
Y si el seguro lo habéis hecho a través de un banco, esto es un caso especial, pues con los que he tratado no pueden hacer ningún cambio en la póliza una vez constituida. Si lo vas a dar de baja a veces te imprimen una captura de pantalla y te dicen que la firmes, pidiendo la baja, pues no pueden hacer más. Con menos de una semana me llaman diciendo que no se lo admite la aseguradora, y que tengo que pasar por el banco y presentar una carta.
En mi caso con dos de ellos no he podido hacer cambios, en el banco, el terminal no les permite hacer cambios, y si llamas a la compañía te dicen que esa póliza pertenece al corredor del banco y que no pueden tocarla. NO podéis cambiar la cantidad asegurada de contenido, etc, por lo menos si es a la baja, si es al alta seguro que se molestan en hacer cambios. Es por aquí, por donde podemos atacarles si nos quedan menos de 60 de preaviso. Si eres un buen cliente del banco, este te lo pondrá mas fácil, te blindara la cuenta contra los cargos del seguro, inhabilitando los cargos, incluidos los que envíen con otro emisor de recibos. En la carta de baja podéis alegar alteraciones en los riegos, como añadir un segundo conductor de mas de 25 años por si acaso, nos deben dar presupuesto, ahora quiero incluir contenido, la vivienda solo tiene cocina pero no aseguran menos de 20.000€,(seguros Caser) o figuraba como segunda vivienda, ahora es de alquiler, (el seguro es mas barato por estar habitada), deben hacer un presupuesto nuevo. Cualquier cosa que se os ocurra, alterando, complicando, obligando a que la póliza sea modifica o teniendo que hacer una nueva, y obligando ha tener que ponerse en contacto, lo cual no lo van a hacer, pues las molestias no les trae cuenta. Leeros en las condiciones si esta el seguro obligado a responder por escrito y en cuantos días las comunicaciones que les envíes.Si el seguro de la comunidad, cubre la fachada, pues nos deben descontar la parte que corresponda a esta. Buscando por la web he visto que si se reduce el riesgo, esta debe bajar el precio, sino es motivo de cancelación. Si la alteración del riesgo es permanente otra cartita con sello de entrada y a esperar a ver que nos contestan.
También leí por Internet que si la cuantía del seguro es elevada, 1500€- 2000€por ejemplo, pueden intentar cobrarlos mediante demanda, etc.
En cualquier caso, no se rinden, vais a recibir la carta diciendo que no han podido cobrar el recibo y facilitando varias formas de pago, en mi caso no volví a recibir más.
Hay que tener cuidado con dar de alta un seguro sin haber dado de baja el antiguo por si al final nos quedamos pagando dos seguros.
Ahora os paso una serie de enlaces con información muy útil de como dar de baja un seguro:
Enlace: Rastreator - Guía de como dar de baja un seguro
También os puede pasar que el seguro os ha subido la prima:
En ese caso en Legalitas tenemos información de como podemos dar de baja el seguro:
Enlace: Legalitas - ¿Pueden Subir la Prima del Seguro sin Avisar?
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarinformación de gran ayuda
ResponderEliminar¡Gracias por este contenido