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Días de ausencias justificadas que nos corresponde en el trabajo

SABÍAS QUE...


Licencias o permisos

El trabajador tiene derecho a ausentarse del puesto de trabajo previo aviso y justificación, cuando concurran determinadas circunstancias, sin que dicha ausencia implique disminución en la retribución salarial:

Motivos y duración de la ausencia:

  1. Matrimonio: 15 días
  2. Nacimiento de un hijo: 3 días (esto me parece que ha cambiado recientemente)
  3. Accidente, enfermedad grave u hospitalización familiar hasta 2º grado: 3 días
  4. Fallecimiento familiar hasta 2º grado: 2 días
  5. Fallecimiento cónyuge, padres, padres políticos, hijos y hermanos: 4 días.
  6. Traslado de domicilio: 2 días.
  7. Cumplimiento deber público y personal: el necesario.
  8. Matrimonio de padres, hijo y hermanos: 1 día
  9. Asistencia de médicos de la Seguridad Social: 35 horas al año.
Observación: en los apartados 3, 4 y 5 , la duración será de 1 día más cuando se requiera hacer un desplazamiento de 200 Km. o superior.


GRADOS DE CONSANGUINIDAD O AFINIDAD

1. Madre, padre, hijos, hijos políticos

2. Abuelos, hermanos, cuñados, nietos, nietos politicos

3. Bisabuelos, tíos, tíos políticos, sobrinos , sobrinos políticos

4. Primos, primos políticos.


Seguro que esta información os hace falta más una vez.

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